Hola a todos ustedes. Yo soy el CPC y autor de libros Walter Zans Arimana y les recomiendo leer la Resolución 046-2011 del Consejo Normativo de Contabilidad, que ha modificado la contabilización de la participación de los trabajadores en la utilidad. Ahora ya no la podemos contabilizar aplicando, por analogía, la NIC 12 Impuesto a las ganancias sino que debemos aplicar la NIC 19 Beneficios a los empleados.
En buena cuenta, esto significa que, cuando nos encontremos con diferencias temporales, ya no reconoceremos participaciones diferidas. Solamente reconoceremos impuesto a la renta diferido. La participación que resulte de aplicar la tasa pertinente sobre la utilidad calculada tributariamente (renta neta de tercera categoría) tendrá valor no solamente para el cálculo tributario sino también para el cálculo contable.
Esto también significa que, en el Plan Contable General Empresarial, quedan sin uso los siguientes códigos y cuentas:
37.2 Participaciones de los trabajadores diferidas
49.2 Participaciones de los trabajadores diferidas
87.2 Participación de los trabajadores - Diferida
¿Podrías comentar un poco acerca de esa resolucion 46?
ResponderEliminarProfesor Zans soy estudiante de la Villarreal y lo felicito, su libro de Matemática financiera me ayudó mucho en mi formación.
ResponderEliminarSus textos son amenos y entretenidos, permiten así una mejor comprensión de los temas.
docente Walter zans arimana me gustaria que impriman mas libros ya que no llegan a los departamentos lejanos de la capital, o lo venden aun precio muy sobrevalorado.
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