viernes, 25 de julio de 2014

ACCIONES EN CARTERA Y ACCIONES EN TESORERÍA

Hola, amigos. ¿Cómo andan vuestros asuntos? Yo, como siempre, trabajando y escuchando ópera. Vamos al punto. Hoy quiero hablarles de las acciones en cartera y las acciones en tesorería. Muchos podrían confundir estos conceptos. La NIC 32 Instrumentos financieros: presentación, nos dice lo siguiente:

Párrafo 33: Si una entidad readquiriese sus instrumentos de patrimonio propios, el importe de las “acciones propias en cartera” se deducirá del patrimonio. No se reconocerá ninguna pérdida o ganancia en el resultado del ejercicio derivada de la compra, venta, emisión o amortización de los instrumentos de patrimonio propios de la entidad. Estas acciones propias podrán ser adquiridas y poseídas por la entidad o por otros miembros del grupo consolidado. La contraprestación pagada o recibida se reconocerá directamente en el patrimonio.

¿Ya lo ve usted? Por eso el Plan Contable General Empresarial (PCGE) contiene la subcuenta 50.2 Acciones en tesorería, que se carga cuando la empresa compra sus propias acciones. Cargando esta subcuenta, el saldo de la cuenta 50 Capital disminuye. De esta manera se cumple con deducir del patrimonio el importe de las “acciones propias en cartera”. Entonces, que esto quede claro: cuando la empresa, a modo de inversión, compra acciones ajenas, se puede cargar la cuenta 11 o la cuenta 30, dependiendo de las características de cada operación; pero cuando la empresa compra sus propias acciones (una medida temporal), deberá cargar la subcuenta 50.2 para cumplir con la deducción que dispone la NIC 32. ¡Es que la empresa no puede ser accionista de sí misma!  Esta situación se mantendrá temporalmente hasta que la empresa pueda colocar (vender) esas acciones o decida amortizarlas (dejarlas sin efecto).   

Ejemplo: la sociedad anónima BRUTINSA adquiere un paquete de 3,000 de sus propias acciones, de valor nominal S/.10 cada una, para mantenerlas temporalmente en su poder. Paga por cada una de ellas S/. 11.

3,000 acciones × S/.11 = S/.33,000                               Total a pagar

El valor nominal de las acciones compradas es 3,000 × S/.10 = S/.30,000




50
50.2
52
52.1
10
10.4
10.41

Capital
Acciones en tesorería
Capital adicional 
Primas (descuento) de acciones
Efectivo y equivalentes de efectivo 
Cuentas corrientes en instituciones financieras
Cuentas corrientes operativas
Debe
30,000

3,000



Haber




33,000

Ya lo puede usted ver:

·    Se carga la subcuenta 50.2 por el valor nominal (S/.30,000) para que se opere la deducción en el patrimonio (en el elemento 5).

·    El sobreprecio pagado (S/.3,000) se carga en la subcuenta 52.1 para reconocer la pérdida directamente en el patrimonio (no se carga una cuenta de elemento 6 porque eso sería reconocer esa pérdida en el resultado del ejercicio, y la NIC 32 no lo permite). Si bien es cierto que la 52.1 se llama “primas y descuento de acciones”, en el texto legal del PCGE se precisa que también se puede emplear para anotar la diferencia entre el valor nominal y el precio de compra en el caso de las acciones en tesorería.

Ya esto está claro. Pero queda un asunto por explicar. En la plantilla de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) para el Estado de Situación Financiera (balance) encontramos un casillero para “Acciones propias en cartera”. Hasta aquí todo concuerda, pero en la Ley General de Sociedades 26887 encontramos el artículo 98º Acciones en cartera y también el artículo 104º Adquisición por la sociedad de sus propias acciones. ¡Y leyendo los párrafos respectivos de esos dos artículos, nos damos cuenta de que se refieren a conceptos totalmente diferentes! ¿No debería entenderse que son la misma cosa? ¿No deberíamos suponer que las “acciones en cartera” son siempre lo mismo que las “acciones en tesorería”? Pues no, mi estimado Tiburcio, mi estimada Gregoria. Vamos a explicarlo.

·    Las acciones de propia emisión (sus propias acciones) que una sociedad anónima adquiere como una medida temporal, son las que la NIC 32 llama “acciones propias en cartera”. La SMV, en su plantilla para el Estado de Situación Financiera les llama también “acciones propias en cartera”. Sin embargo, el PCGE las llama “acciones en tesorería” y por ello ése es el nombre de la subcuenta 50.2, la cual se carga cuando se efectúa la compra de esas acciones propias. Esta misma subcuenta 50.2 se abona cuando esas acciones propias compradas son vendidas o cuando son amortizadas (dejadas sin efecto). A esas acciones se refiere la Ley General de Sociedades 26887 en su artículo 104º Adquisición por la sociedad de sus propias acciones.   

·    El artículo 98º Acciones en cartera de  la Ley 26887 se refiere a otra cosa. Estas otras “acciones en cartera” son, en verdad, algo así como “acciones en espera”. Son acciones cuya creación ha sido autorizada por la Junta de Accionistas pero, al no tener todavía un suscriptor (comprador), todavía no se emiten y por tanto aún no se modifica la cuenta del capital. Hagamos un ejemplo: la sociedad anónima CHUCHUMERSA tiene un capital social de S/.80,000 representado por 80,000 acciones de valor nominal S/.1 cada una. La empresa desea aumentar su capital a la suma de S/.100,000. Esto significa que desea aumentar su capital en S/.20,000 más. Para ello, la Junta de Accionistas aprueba la creación de 20,000 nuevas acciones de valor nominal S/.1 cada una. En ese momento, con el acuerdo de la Junta, las acciones ya han sido “creadas”. Ya hay 20,000 “acciones en cartera” según lo que indica el artículo 98º de la Ley 26887. Estas acciones están, por decirlo así, en el limbo, pues aún no nacen realmente. ¡Pero ya pueden nacer, cuando encuentren un comprador (suscriptor)!. Con ello, el directorio de la empresa (o la gerencia), sabe que puede ofrecer hasta 20,000 nuevas acciones a los interesados. Si hoy llega un inversionista y adquiere 5,000 de esas acciones, se emiten 5,000 acciones, se efectúa el registro contable y el capital social (cuenta 50) aumentará de S/.80,000 a S/.85,000. Si un mes después llega otro señor y suscribe (compra) otras 13,000 acciones, se emiten las acciones, se efectúa el registro contable y el capital social (cuenta 50) aumentará de S/.85,000 a S/.98,000. ¿Ya lo ve usted? Y si ya no se encuentra a ningún otro comprador y se vence el plazo fijado por la Junta de Accionistas, las restantes 2,000 “acciones en cartera” quedarán sin ningún efecto. ¡No llegaron a nacer (no llegaron a ser emitidas) pues no encontraron comprador (suscriptor)!      

Como un detalle adicional, recuerde que los aumentos de capital, antes de ser llevados a la cuenta 50, deben pasar por la subcuenta transitoria 52.2 Capitalizaciones en trámite.


Hasta otra oportunidad. 

jueves, 17 de abril de 2014

LIBRO DE CONTABILIDAD DE COSTOS I

Hola, mis estimados amigos. Me complace comunicarles que ayer salió al mercado el libro Contabilidad de Costos I, con 320 páginas y un agradable color morado en la tapa. Contiene definiciones y clasificación de los costos, la dinámica de las cuentas pertinentes del Plan Contable General Empresarial para llevar la contabilidad analítica de explotación, el control de los materiales directos, de la mano de obra directa y de la carga fabril. Igualmente, desarrolla el sistema monista y el sistema dualista. Todo bien explicado y ameno, como acostumbro escribir mis libros. Como siempre, este libro ha sido publicado por la empresa Editorial San Marcos.

Escribir libros es un trabajo que ahora me agota mucho más que antes. Los golpes de la vida, las molestias físicas y los desengaños de todo tipo nos van quitando la vitalidad y las ganas de hacer bien las cosas. Si yo tuviese el dinero suficiente, dejaría todo y me dedicaría a escuchar ópera y escribiría, para mi diversión, otro libro de cuentos. Pero tenemos que trabajar. Tenemos que esforzarnos y seguir adelante, mientras podamos. Como dijo un gran poeta, hay muchos kilómetros que caminar, antes de descansar

No dejen de leer. Recuerden que la lectura es la inversión más segura. 

miércoles, 1 de enero de 2014

ACTIVOS NO CORRIENTES MANTENIDOS PARA LA VENTA (CUENTA 27)

Hola, amigos. ¿Cómo están vuestros asuntos? El año 2013 que se ha ido fue espantoso para mí. Tanto, que he pensado seriamente dejar de escribir libros. Hay uno que entregué a la Editorial hace ya un par de meses y debe salir a circulación en unas semanas más. Pero, después de ese libro que ya está en proceso de edición, no sé si podré ofrecerles otro más. Hay muchos nubarrones en mi horizonte.

Sin embargo de lo anterior, quiero entregarles hoy un artículo referido a la cuenta 27 del PCGE. Quiero demostrarme a mí mismo que aún puedo producir algunos materiales interesantes. Esta cuenta 27 ha sido creada para cumplir con lo dispuesto en la NIIF 5 Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones discontinuadas.  Vamos al punto.

Supongamos que una empresa de confecciones tiene una máquina remalladora que utiliza en la producción de camisas. Es activo fijo, ¿verdad? O sea, su costo está registrado en la cuenta 33 y tiene depreciación registrada en la cuenta 39. Saldo deudor en 33 y saldo acreedor en la cuenta 39, ¿cierto? Es activo no corriente o activo inmovilizado. ¡Elemento 3 del PCGE!

Supongamos ahora que la gerencia decide poner en venta esa máquina, y cuenta con grandes posibilidades de venderla, pues ya hay varios posibles compradores que están muy interesados. En ese caso, al preparar información financiera deberemos presentar esa máquina, ya no como activo no corriente (elemento 3) sino como parte del activo corriente. ¡Se incluirá en el activo realizable o vendible, que en el PCGE corresponde al elemento 2! Claro que no sería lógico incluirla en la cuenta 20, pues no es propiamente una mercadería; por ello es que se ha creado esta cuenta 27.

Hay que enfatizar que, para poder hacer esta reclasificación, la NIIF 5 exige que la venta de ese activo no corriente (inversión inmobiliaria, inmuebles, maquinaria y equipo, intangibles o activos biológicos) sea altamente probable. Eso es lógico, pues al pasar ese activo fijo del elemento 3 al elemento 2 estaremos modificando la información sobre la situación financiera de la empresa ya que los ratios de liquidez mejorarán al hacer el análisis financiero. También mejorará el dato conocido como "capital de trabajo" (activo corriente menos pasivo corriente). ¡Es que al colocar esa máquina en el elemento 2, estaremos afirmando que muy pronto se convertirá en dinero para la empresa y con ello aumentará el activo disponible (elemento 1)! ¡Le estaremos dando una presentación parecida a la que tienen las mercaderías, que son activos netamente realizables o vendibles! Por eso, la NIIF 5 es exigente. Voy a dar un ejemplo para ilustrar esto:

Si tenemos en el activo fijo un camión en mal estado que apenas se mueve, con llantas tan gastadas que se les ve el aire, y que ni siquiera el chatarrero quiere comprar, y aun así decidimos reclasificar ese camión del elemento 3 al elemento 2 como activo no corriente mantenido para la venta (cuenta 27), estaremos engañando a los usuarios de los estados financieros pues estaremos mostrando una situación financiera más favorable que la verdadera. Por eso, lo repito, la NIIF 5 establece que, para poder hacer esa reclasificacion, la venta debe ser altamente probable. Recuerde que las NIIF procuran que la información financiera sea confiable. ¡Para que quienes utilizan los estados financieros de una empresa no sean engañados y llevados a tomar decisiones erradas!

Ahora bien, deberemos reclasificar tanto el costo (cuenta 33) como la depreciación acumulada (cuenta 39) de ese activo fijo (en nuestro ejemplo, la remalladora). Pero le advierto una cosa: tanto el costo como la depreciación se enviarán a la cuenta 27. Es que esta cuenta 27 tiene subcuentas que se cargan para recibir lo que está en la 33 (o lo que está en la 31, 34 ó 35 si se trata de otros activos no corrientes) y otras subcuentas que se abonan para recibir lo que está en la 39. Supongamos que nuestra remalladora tiene un costo de S/.120,000 cargado en la subcuenta 33.311 y una depreciación acumulada de S/.95,000 abonada en la subcuenta 39.132. Si, al preparar información financiera, esa remalladora ha sido puesta en venta y la venta es altamente probable, haremos los siguientes asientos:

27.231 ANCMV- Maq. y equipo - Costo                       120,000
33.311 IME - M. y equipo - Costo                                                   120,000
Reclasificación del costo.


39.132 DAAA - IME - M. Eq.                                           95,000
27.631 AMCMV- Dep.acum. IME - M.Eq.Costo                              95,000
Reclasificación de la depreciación acumulada.

¿Ya lo ve? Las cuentas 33 y 39 quedan saldadas y la máquina queda en esta cuenta 27, tanto con su costo como con su depreciación acumulada. Así se presentará en el Estado de Situación Financiera (antes llamado Balance General). En el formato del ESF hay un casillero especial, dentro del activo corriente, para estos activos no corrientes reclasificados como mantenidos para la venta.

Una cosa importante: mientras estos activos permanezcan reclasificados, no deberán depreciarse ni amortizarse. Es decir, no se les deberá reconocer más depreciación ni amortización que la ya anotada al momento de la reclasificación. La NIIF 5 es clara en ello. Pero sí se les deberá reconocer deterioro de valor (desvalorización) si en algún momento su importe recuperable es menor que su importe en libros. Puede usted leer el artículo que hace algunos meses publiqué sobre desvalorización de activos fijos. Eso sí, cuando reconocemos una pérdida por deterioro de valor de un activo no corriente que está reclasificado en esta cuenta 27, el asiento no será 68.5 con 36 sino 66.13 con 27.9. La subcuenta 27.9 ha sido creada para registrar la desvalorización de estos activos no corrientes mientras están reclasificados como mantenidos para la venta.

Hasta otra oportunidad, Dios mediante.